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Exigen al Senado frenar y atender los desalojos forzosos de comunidades indígenas en Paraguay

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“Ante la situación de emergencia constante y hasta de exterminio sostenido que sufren las comunidades indígenas en nuestro país” organizaciones integrantes del Grupo de Apoyo a las Comunidades Indígenas (GACI) de Japolí, plataforma ciudadana de vigilancia y acción contra las desigualdades, solicitaron este viernes a la Cámara de Senadores tomar las medidas pertinentes para frenar y atender desalojos forzosos de Comunidades Indígenas en Paraguay en forma coordinada entre las instituciones de los tres Poderes de Estado. La nota de exigibilidad fue dirigida al presidente de la Comisión de Pueblos Indígenas de la Cámara Alta, senador Miguel Fulgencio Rodríguez, y está firmada por la Coordinadora por los Derechos de la Infancia y la Adolescencia (CDIA), la Asociación Callescuela, el Servicio Paz y Justicia (SERPAJ), Decidamos Campaña por la Expresión Ciudadana y el Grupo Sunú de Acción Intercultural. 


La misiva señala que “las Comunidades Indígenas están en emergencia, pues de mayo a julio de este año se dieron siete desalojos forzosos en diversos puntos geográficos del país, todos con acompañamiento de la Fiscalía, Policía Nacional y en algunos casos de civiles particulares con armas. En ningún caso el Estado paraguayo, por medio de sus instituciones, posibilitó una medida de resguardo para estas familias y hemos observado que han sido abandonadas a su suerte, con el agravante que estamos en pandemia y con muy poca capacidad de respuesta de la sociedad civil”. 


Las organizaciones firmantes recuerdan que esta situación no es nueva, pero resaltan que sí ha recrudecido, tal como señala el Informe de la Relatora Especial de Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas, luego de su visita al país (2015): “se ha constatado una situación de desprotección generalizada de los derechos de los pueblos indígenas sobre sus tierras, territorios y recursos, vitales para su supervivencia y dignidad, lo cual genera conflictos y violaciones de los derechos humanos. El Gobierno de Paraguay debe considerar la actual situación como una emergencia.” 


Las organizaciones reclaman que la ley que declara en situación de emergencia a las comunidades indígenas que conforman los más de 19 pueblos diseminados en varios departamentos del territorio nacional (Ley N° 6319/19, promovida por el Parlamento y sancionada en fecha 7 junio 2019), sea letra muerta para el Poder Ejecutivo. “En las condiciones actuales se vuelve urgente la convocatoria a los tres Poderes del Estado a modo de generar medidas inmediatas a fin de frenar los desalojos forzosos, y restituir a las Comunidades Indígenas sus tierras con el suficiente acompañamiento de las instancias del Estado responsables de su protección social” expresan.


Las organizaciones de sociedad civil que trabajan por la democracia, el desarrollo sostenible e inclusivo y los derechos humanos, solicitan la convocatoria a una mesa de trabajo al Presidente del Instituto Paraguayo del Indígena (INDI), al Ministro del Interior, al Jefe de la Policía Nacional, a la Dirección de DDHH de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), a la Dirección de Derechos Étnicos y  a la Dirección de DDHH, estas últimas dependientes de la Fiscalía General del Estado, para analizar y tomar las medidas de urgencia y apoyo, suspendiendo y evitando los desalojos forzosos de las Comunidades Indígenas de manera inmediata y medidas reparatorias para las comunidades desalojadas en los últimos años. 


Solicitan además que la Mesa de Trabajo tenga carácter permanente para accionar en un mecanismo de acompañamiento a las instituciones públicas, en particular al INDI, de manera a diseñar un instrumento de respuesta inmediata para este tipo de situaciones.


No podemos seguir mirando esta situación de violencia y casi genocidio de los Pueblos Indígenas, y consideramos que la Comisión que Usted preside es la más indicada para convocar y establecer mecanismos de protección para los Pueblos Indígenas, y que puede convocar además a las diversas organizaciones indígenas, así como de grupos de apoyo de la sociedad civil, entre otros” señala finalmente la nota, expresando su afán de contribuir con alternativas de solución a las situaciones de violencia, expulsión y abandono al que están expuestas diversas comunidades indígenas de nuestro país.


El desalojo forzoso es “el hecho de hacer salir a personas, familias y/o comunidades de los hogares y/o las tierras que ocupan, en forma permanente o provisional, sin ofrecerles medios apropiados de protección legal o de otra índole ni permitirles su acceso a ellos”.


Diversos elementos, juntos o por separado, definen el desalojo forzoso: 

– Una separación permanente o provisional de la vivienda, la tierra o ambas.

– La separación se lleva a cabo en contra de la voluntad de los ocupantes, con o sin el uso de la fuerza.

– Se puede llevar a cabo sin la provisión de vivienda adecuada alternativa y reubicación, indemnización adecuada y/o acceso a tierras productivas, en su caso. 

– Se lleva a cabo sin la posibilidad de impugnar la decisión o el proceso de desalojo, sin las debidas garantías procesales y sin tener en cuenta las obligaciones nacionales e internacionales del Estado.


Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Observación General Nº 7 (1997) sobre el derecho a una vivienda adecuada: los desalojos forzosos. 


Entrega presencial de la nota al Senado realizada por integrantes de la CDIA, Callescuela, SERPAJ, Decidamos, Sunú, la Pastoral Social de la Diócesis de Coronel Oviedo (área Pastoral Indígena) y la Coordinación Nacional de Pastoral Indígena (CON), órgano de la Conferencia Episcopal Paraguaya (CEP).